El Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, CONAMIGUA

, considera prioritario dar a conocer los requisitos que deben llenarse por parte de connacionales guatemaltecos para realizar el trámite de la sustitución de la cédula de vecindad, la cual deberá efectuarse antes del 2 de enero del 2013, por el Documento Personal de Identificación –DPI-, dio a conocer la licenciada Alejandra Gordillo, Secretaria Ejecutiva de CONAMIGUA.

En consecuencia, las cédulas de vecindad que fueron emitidas al amparo del Decreto Número 1735 Ley de Cédulas de vecindad, perderán su vigencia y validez a partir del dos de enero del dos mil trece; a partir de esa fecha, toda autoridad pública o privada deberá exigir, como único documento de identificación personal, la presentación del Documento Personal  de Identificación –DPI-.

Ante dicha situación el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, CONAMIGUA, da a conocer a migrantes, inmigantes, deportados, retornados y familiares de migrantes, así como público en general, los requisitos que deben presentarse para obtener el  Documento Personal de Identificación –DPI-, en los siguientes casos:

Para sustituir la Cédula de Vecindad por el Documento Personal de       Identificación          –DPI-

a.   Cédula de vecindad original (en buen estado con todas las páginas completas) y fotocopia completa de la misma.

b.   Certificación de nacimiento reciente de la persona que solicita (no mayor de 6 meses de haber sido extendida por parte de RENAP)  y fotocopia ambos lados.

c.   Boleto de ornato del año en curso y fotocopia del mismo (adultos mayores 65 años no presentan boleto de ornato). 

d.   Sin costo el DPI

NOTA:

·        La solicitud del DPI debe ser realizada por el interesado personalmente

·     Presentar original y fotocopias de los requisitos indicados

·     Presentarse en cualquier sede de RENAP para realizar toma de datos.

 Para sustituir la cédula de vecindad por robo o pérdida por el Documento de Identificación Personal –DPI-, el interesado debe presentar:

a.   Certificación de nacimiento reciente de la persona que solicita (no mayor de 6 meses de haber sido extendida) y fotocopias de ambos lados.

b.   Boleto de Ornato del año en curso y fotocopia del mismo (adultos mayores de 65 años no presenta boleto de ornato).

c.   Pago por Q.50.00 de gastos administrativos.

NOTA:

·        La solicitud del DPI debe ser realizada por el interesado personalmente

·     Presentar original y fotocopias de los requisitos indicados

·     Presentarse en cualquier sede de RENAP para realizar toma de datos.

Para los nuevos ciudadanos (Jóvenes 18 años):

  • Certificación de nacimiento (6 meses máximo) y copia ambos lados.
  • Boleto de Ornato del año en curso y fotocopia del mismo.
  • Costo Q.85.00

NOTA:

·        La solicitud del DPI debe ser realizada por el interesado personalmente

·     Presentar original y fotocopias de los requisitos indicados

·     Presentarse en cualquier sede de RENAP para realizar toma de datos.

 Para nuevo ciudadano mayor de 20 años:

Si tiene más de 20 años de edad  nunca ha tenido cédula de vecindad o DPI, debe presentar:

 Declaración Jurada hecha por notario,  en la cual debe hacer constar lo         siguiente:

·        La identificación del otorgante (Notario) con sus generales de ley. (Nombres completos, lugar (Departamento y Municipio) y fecha de nacimiento del requirente e identificación de la Partida, folio y libro en el cual quedó asentado el mismo).

·        La designación de los nombres de los padres del requirente.

·        La dirección actual donde reside.

·        Manifestar el motivo por el cual no ha obtenido la cédula de vecindad en ninguna municipalidad de la república.

·        Dos testigos de igual o mayor edad plenamente identificados, siendo vecinos del lugar en donde reside el requirente.

·        El notario dará fe de haber tenido a la vista la certificación de la partida de nacimiento extendida por el Registro Nacional de las Personas RENAP.

·        Colocar el número de colegiado activo y firmado por el notario que autoriza.

·        Copia de Boleto de Ornato

·        Un Certificado de Nacimiento emitido por RENAP (Original y Copia ambos lados)

·        Costo Q85.00

NOTA:

·        La solicitud del DPI debe ser realizada por el interesado personalmente

·     Presentar original y fotocopias de los requisitos indicados

·     Presentarse en cualquier sede de RENAP para realizar toma de datos.

¿Dónde Solicitarlo?

·         En cualquier sede del Registro Nacional de Personas –RENAP-

·         Consulte en búsqueda de sedes en la página de Internetwww.renap.gob.gt o llamar al 1516 para mayor información.

Para información sobre diversos aspectos sobre el tema migratorio, usted, puede consultar al:

Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala

CONAMIGUA

2a. Ave. 4-17 zona 10.  Ciudad de Guatemala

Edificio del Migrante, 2o. nivel

Teléfono: (502) 2494-8484

www.conamigua.gob.gt

conamigua.conamigua@gmail.com

 

SEDES EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA

·       SACATEPÉQUEZ

6a. av. Norte No. 80, Antigua Guatemala

Interior del Consejo de Desarrollo

Teléfono: 4031-8033- 7832 0933-7832 0701

 

·       ZACAPA

13 calle y 16Av. Zona 3

Edificio Centro de Gobierno de Zacapa Of. 201

Teléfono: (502)7941-4356

 

·       TODOS SANTOS, CUCHUMATÁN, HUEHUETENANGO

Calle principal frente al parque municipal, Palacio Municipal.

Teléfono: (502) 7783-0606

·       COBÁN, ALTA VERAPAZ

6 calle 1-76 Zona 4,  Cobán Alta Verapaz

Interior del edificio del Consejo Regional de Desarrollo

Teléfono: (502) 7952-1373

 Nota:

El horario de atención en las sedes de CONAMIGUA, es de 8:00 a.m. a 16:30 horas de lunes a viernes.

 

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Tel: 626 230 7810 <1605 W Olimpic blvd, suite #9007>
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